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Inseguridad ciudadana: ¿qué puede hacer el Derecho para frenar su crecimiento?

27 de Octubre de 2021

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Inseguridad ciudadana: ¿qué puede hacer el Derecho para frenar su crecimiento? (GettyImages)

No puede negarse que la percepción sobre la inseguridad viene en aumento. Día a día, los medios de comunicación y las redes sociales hacen eco de las denuncias ciudadanas sobre hurtos, extorsiones y homicidios, por solo mencionar algunos de los delitos sobre los que se enfoca la cobertura.

De allí se derivan reclamos, algunos de ellos con tinte populista, para endurecer las penas, y se cuestiona la idoneidad de los operadores judiciales y los miembros de la fuerza pública sobre el ejercicio de sus funciones.

Pero pocas veces se hace un alto para analizar cuáles son las causas que han propiciado esa situación y, sobre todo, cuál puede ser el manejo para combatirla.

¿Será que las víctimas no denuncian? O, tal vez, ¿las capturas no se realizan adecuadamente?, o ¿no se imponen medidas de aseguramiento acordes con la gravedad de los hechos? o ¿el exceso de la carga laboral de los funcionarios judiciales, la congestión judicial, el contenido normativo de las leyes o la ausencia de una política criminal son la causa de esta problemática?

ÁMBITO JURÍDICO consultó a varios expertos para conocer sus opiniones sobre estos planteamientos.

Las cifras

 

La Corporación Excelencia a la Justicia (CEJ), a través de su director ejecutivo, Hernando Herrera Mercado, divulgó algunas cifras que permiten ver el estado actual que rodea los interrogantes planteados.

En efecto, a partir de la Encuesta de Convivencia y Seguridad Ciudadana, realizada por el Dane desde el año 2012, puede determinarse que, en un delito de alto impacto, como el hurto a personas, prevalece la ausencia de denuncia.

Justamente, las estadísticas revelan que hace ocho años, aproximadamente, solamente 24 de cada 100 víctimas de esa conducta denunciaban el hecho. Y si bien esa variable se ha incrementado en 10 puntos, de acuerdo con la versión más reciente, la del 2019, para Herrera, es significativo el número de hechos delictivos que no se ponen en conocimiento de las autoridades.

Pero, además, esa misma encuesta revela que las personas aseguran que la principal razón para no denunciar el hurto es la creencia de que “no pasa nada”, es decir, no va a existir una actuación sancionatoria por parte del Estado.

De otro lado, Herrera recuerda el comunicado de prensa emitido por el Consejo Superior de la Judicatura, del pasado 9 de septiembre, en el que se informa que, entre enero del 2020 y julio del 2021, los jueces penales municipales de garantías, a nivel nacional, decretaron la legalidad de la captura en 94 de cada 100 solicitudes de ese tipo. Aunque ese dato es positivo, no desconoce que, a veces, se reporta lo contrario, sobre todo en algunos delitos que tienen alto cubrimiento mediático. Aun así, resalta la labor de la Policía, porque la estadística evidencia que el problema no está, como se cree, en la ilegalidad de las capturas.

A esto se suma, con base en los reportes de la CEJ y cuya fuente directa es la Fiscalía General de la Nación (FGN), que, entre enero del 2020 y septiembre de este año, los jueces de control de garantías autorizaron el 97 % de las solicitudes de medidas de aseguramiento presentadas por los fiscales. Ese aspecto también lo califica como positivo, pero resalta que el número de solicitudes de captura es 20 puntos menor, cuando está asociada a la flagrancia.

Junto con este dato, explica que el número de noticias criminales iniciadas en la FGN por cada 100.000 habitantes ha aumentado, entre el 2016 y el 2019, en un 21 %, mientras que el número de fiscales por ese mismo número de habitantes, durante dicho cuatrienio, ha permanecido constante. Esto quiere decir que existe un promedio de 9,9 fiscales por cada 100.000 habitantes.

Lo anterior refleja que sí existe una mayor carga laboral en la entidad, problema al que hay que buscar una solución, más aún si a esto se suma que la FGN, al cierre del año pasado, acumulaba un total de 2,7 millones de noticias criminales activas pendientes de evacuar.

Congestión judicial

 

Los datos anteriores respaldan la visión de Julián Quintana Torres, exdirector del CTI, quien cree que la falta de confianza de los colombianos en las instituciones ha desincentivado la interposición de denuncias y ha propiciado la justicia por propia mano.

Precisamente, una de las causas que, en su criterio, incrementa esta problemática es la congestión del sistema penal: “Resulta incomprensible que existan fiscales con más de 3.000 investigaciones y jueces con más de 1.000 procesos. Estas cifras dan cuenta de la grave situación, lo que lleva a que la justicia en nuestro país sea selectiva, es decir, no todos los casos son tratados con el mismo rasero, convirtiendo la acción penal en contra de una persona en un asunto de azar”.

Aun así, manifiesta que esta dificultad no es atribuible exclusivamente al sistema penal o a sus operadores, pues el defecto de la estructura jurídica, a su juicio, radica en la ausencia de políticas de prevención del delito, fuertes y rigurosas, que logren mitigar, en un alto porcentaje, los diferentes fenómenos criminales, lo que redundaría en la descongestión sustancial de la justicia.

Política criminal

 

Bajo esa misma línea, la vicepresidenta de la Comisión Asesora de Política Criminal, Laura Castillo Garay, resalta la importancia de robustecer la política criminal del país.

A su juicio, proponer soluciones netamente legislativas a problemáticas tan dinámicas, como la criminalidad, terminan generando efectos simbólicos que desdibujan los verdaderos fines del derecho penal y sus principios, más aún cuando los proyectos de ley, que buscan la reforma a la normativa penal, pocas veces tienen bases empíricas que permitan conocer las causas y la dimensión del fenómeno criminal al que pretende dársele solución. “Por eso, es necesario diseñar una política criminal articulada y coherente, que ratifique el principio de ultima ratio del derecho penal y que no olvide las políticas preventivas y educativas que, si bien plantean soluciones a largo plazo, suelen ser más efectivas”.

Lo anterior debe tenerse en cuenta, aun cuando la ciudadanía y la opinión pública demanden intervenciones populistas y punitivistas a un sistema penal y penitenciario cada vez más colapsado, puntualiza.

Medidas preventivas

 

Similar postura tiene el exministro de justicia Yesid Reyes Alvarado, quien recuerda que el derecho penal es de naturaleza reactiva, lo que significa que solo interviene cuando ya se ha cometido un delito. Por consiguiente, asegura que es un error pensar que esta disciplina está concebida para evitarlo, pues su propósito es, ante todo, castigarlo, cuando ya se ha cometido.

Y si bien es cierto que, desde el punto de vista de los fines de la pena, se suele hablar de la función resocializadora, que, si se aplicara correctamente, debería evitar que quienes ya han cometido delitos incurran nuevamente en ellos, queda claro que solo evitaría la reincidencia y no la comisión de los primeros delitos.

Por eso, considera que, para que, en la práctica, funcione ese propósito de la pena, el Estado no solo debe mejorar la oferta de educación y formación profesional en las cárceles, sino que, además, debe garantizar que quienes han cumplido sus penas tengan la posibilidad real de regresar al mundo laboral.

Esto último, insiste, ocurre pocas veces en Colombia, pese a que algunos experimentos aislados en esta dirección han demostrado su eficacia, como el de Casa Libertad.

Pero para evitar privilegiar a los que han cometido delitos, garantizándoles un trabajo después de cumplir su pena, es indispensable que el Estado esté en capacidad de ofrecerles esas mismas alternativas a quienes se han mantenido al margen del derecho penal.

En ese sentido, Reyes asegura que, por eso, mientras el derecho penal se encarga de sancionar a quien ya ha cometido un crimen, el Estado debe ocuparse de estudiar cuáles son las causas del delito para intervenir en ellas y, de esa manera, tratar de prevenir su comisión.

“Si a través de investigaciones se identifican las causas de determinadas manifestaciones delictivas, se podrá formular una política criminal adecuada. Eso significa no limitarse a la creación de nuevos delitos y al aumento de las penas, que, en los últimos años, es lo que suele producir el Congreso en este ámbito, sino intervenir en los factores sociales, económicos o educativos, para citar solo unos ejemplos de los que pueden estar desencadenando algunas modalidades delictivas”, anota Reyes.

Las opiniones de los expertos permiten concluir que, para combatir la delincuencia común, hace falta mucho más que nuevas leyes que endurezcan las penas. Más que incentivar el populismo punitivo, sería mejor fortalecer la política criminal, mejorar las condiciones laborales de los actores del sistema penal y, sobre todo, hacer frente a los problemas estructurales de la sociedad que sí previenen la comisión de los delitos, como la educación y la salud. Uno de los objetivos debe ser prevenir para recuperar la confianza de la ciudadanía, no solo en las instituciones, sino en el resto de las políticas públicas, las cuales deben estar articuladas para combatir las problemáticas que desencadenan la materialización de conductas punibles.

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