¿Qué implicaciones tiene el cálculo actuarial en el régimen de transición pensional?
04 de Octubre de 2024
La Ley 2381 del 2024 o reforma pensional establece un sistema de pilares (solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario) que busca aumentar la cobertura y contribuir con los principios constitucionales de solidaridad, universalidad y progresividad, ampliando la protección a la vejez.
Esta normativa dispone un régimen de transición según el cual permanecerán bajo las condiciones del régimen pensional actual, es decir, la Ley 100 de 1993, las mujeres que al 1° de julio del 2025 cuenten con 750 semanas cotizadas o más y los hombres que cuenten con 900 semanas cotizadas o más, del cual surgen muchas inquietudes.
ÁMBITO JURÍDICO consultó a varios expertos, quienes respondieron preguntas como ¿qué es el cálculo actuarial?, ¿cuándo debe acudirse a esta figura?, ¿quién hace ese cálculo?, ¿cuánto se debe pagar?, ¿puedo pagar semanas para completar mi pensión? y ¿se podrían pagar semanas pendientes para acceder al régimen de transición?
Javier Almanza
(Miembro del ICDP, magister en Derecho Laboral y Seguridad Social)
Según Almanza, en el caso del empleador, el cálculo actuarial también puede ser ordenado por un fallo judicial derivado del reconocimiento de una relación de trabajo.
Juan Felipe Parra Rosas
(Especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social)
Por regla general, lo que tiene que demostrar la persona interesada es que trabajó de cualquier manera en determinado periodo de tiempo y realizar el trámite correspondiente, indicó Juan Felipe Parra
Mirna Wilches
(Abogada laboralista y socia de Chapman Wilches)
En principio, el cálculo actuarial se hace por Colpensiones o por la administradora respectiva. No obstante, se dispuso la plataforma SoyActuario para que cualquier persona, natural o jurídica, pueda realizarlo, señaló Mirna Wilches
Fabian Forero Trujillo
(Especialista en Derecho de la Seguridad Social y líder de Relaciones Laborales de la Universidad EAN)
Para Fabian Forero Trujillo, es importante tener en cuenta que la Ley 2381 del 2024 dispone que las personas deben contar con las semanas cotizadas al momento de su entrada en vigencia, por lo que no menciona la posibilidad de pagar semanas faltantes de manera retroactiva
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