Congreso
Reforma penal impondría inhabilidad para ejercer empleos relacionados con menores
14 de Octubre de 2016
Una iniciativa radicada en el Congreso modificaría el Código Penal para adicionar una inhabilidad temporal para ejercer cargos en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral a menores de edad.
Este tipo de restricción sería impuesto no como una sanción administrativa, sino como una sanción penal a las personas que hayan sido condenadas por delitos de violencia intrafamiliar, homicidio o lesiones personales bajo modalidad dolosa o por delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales cometidos contra menores de edad.
Así, se produciría la privación o terminación de todos los contratos, cargos o empleos que tengan como función la protección y atención integral a menores de edad (niños y adolescentes).
La inhabilidad estará vigente durante el tiempo de la pena principal y 20 años más. Para el cumplimiento de la anterior medida, el proyecto de ley impone como obligación del Ministerio de Defensa la creación de un registro público de inhabilidades, el cual estará custodiado por la Policía Nacional y podrá ser consultado en línea.
Así las cosas, toda persona natural o jurídica, previo a contratar a una persona para algún empleo en ámbitos educacionales o que tengan como función la protección y atención integral de menores de edad, deberá consultar si se encuentra en el registro de inhabilidades.
Quienes no cumplan con esta obligación, o contraten a una persona inhabilitada, serían sancionados con multa de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales y responderán de manera solidaria por los daños que se llegaren a causar con su conducta.
Cámara de Representantes, Proyecto de ley 165/16C, 10/13/16
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