Congreso
Proponen aplazar entrada en vigencia del CGP y de términos para implementar oralidad
31 de Agosto de 2015
Los procesos de implementación del sistema de oral ordenados en la Ley 1395 del 2010, que modificó los regímenes procesales en materia civil, administrativa, penal y laboral, se prorrogarían hasta el 31 de diciembre de 2018, y los del Código General del Proceso (CGP) hasta el 1º de enero del 2019.
Así lo propone un proyecto radicado en el Senado, que advierte que la implementación de la oralidad en las áreas civil y de familia de la jurisdicción ordinaria ha tenido serios tropiezos de orden económico, por la falta de apropiación de recursos requeridos para la creación de nuevos juzgados, reformas estructurales, capacitación de funcionarios y ayuda tecnológica. (Lea: CGP permite levantar velo corporativo y declarar nulidad de actos fraudulentos)
Al respecto, se asegura que los plazos que el legislador previó para realizar el proceso están próximos a vencer y, si antes del 31 de diciembre del año en curso no se lleva a cabo una modificación, se corre el riesgo de culminar el ingreso a la oralidad e iniciar la vigencia del CGP en condiciones que, además de desconocer la ley, conllevarían un colapso del trabajo judicial de proporciones mayores al que se trató de superar con el cambio del sistema procesal.
Según los ponentes, el continuar con la implementación de la Ley 1395 del 2010 e iniciar el nuevo código, sin las condiciones logísticas que el nuevo sistema requiere, tendría una grave repercusión para el usuario de la justicia.
A su juicio, de no modificarse el panorama planteado se presentará una ausencia de respuesta oportuna a los reclamos de justicia de orden familiar y civil, por la congestión que se vendría en la realización de las audiencias de trámite y fallo, por la falta de juzgados, de salas de audiencia, de sistemas de grabación, entre otras problemáticas. (Lea: Reporte a centrales de riesgo crediticio duraría, máximo, dos años)
Con todo, el proyecto resalta que la implementación de la oralidad supone la existencia de una infraestructura física, tecnológica y de un proceso sólido de formación de los servidores públicos y de los abogados litigantes, que les permitan adecuar su quehacer a la nueva normatividad, condiciones de trabajo y al modelo de gestión del que hoy se carece.
(Senado de la República, Proyecto de ley 078/15C, ago. 28/2015)
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