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Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Superindustria y ComercioSimple dilación en la entrega de un bien o prestación de un servicio vulnera los derechos del consumidor

08 de Septiembre de 2020

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Nota:
117702
La garantía mínima de calidad e idoneidad de un bien o servicio no solo se refiere a la calidad del objeto vendido o del servicio prestado, sino también al cumplimiento de los términos y condiciones pactados desde el momento en que se realizó el contrato, dentro de los cuales está la oportunidad, pues la no entrega del bien o prestación del servicio o aún la simple dilación vulnera los intereses legítimos de los consumidores en la medida en que no se ven colmadas sus expectativas ni satisfechas las necesidades para las cuales se efectuó la compra. De otra parte, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, todo contrato legalmente celebrado, como es el caso de la relación de consumo, es ley para las partes, en virtud de lo previsto en el artículo 1602 del Código Civil, por lo que el incumplimiento genera responsabilidad frente a la infracción de las normas que protegen los derechos del consumidor. Así mismo, agregó, el literal f) del numeral 5 del artículo 58 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) señala que se tendrá como indicio grave la ausencia de respuesta por parte del proveedor o productor a la reclamación previa efectuada por el consumidor.

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