04 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Autoridades no pueden separar arbitrariamente a las familias: Corte Constitucional (11:03 a.m.)

13 de Julio de 2018

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Nota:
108052
La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional resolvió el caso de una mujer a quien la Oficina de Control de Circulación y Residencia (OCCRE) de San Andrés, Providencia y Santa Catalina le negó el permiso para residir en la isla, donde había conformado una familia desde hacía más de cinco años y tenía dos hijos nacidos allí. En ese sentido, la alta corporación explicó que la expulsión de la accionante del departamento, así como la negativa de las autoridades judiciales para atender las acciones constitucionales impetradas, constituyen una vulneración de los derechos fundamentales de esa familia, particularmente el derecho de los menores a no ser separados de su núcleo familiar. Por lo anterior, se ordenó dejar sin efectos el auto por medio del cual se sancionó con la devolución al último lugar de embarque de la demandante, y a la OCCRE se le exigió proferir la resolución mediante la cual otorgue la respectiva residencia permanente. Consulte las consideraciones del tribunal constitucional sobre el derecho de los menores a no ser separados de sus familias, y los límites para las autoridades que intervengan en dichos trámites (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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