A propósito de reformas
Creo que están dadas las condiciones para que estas disposiciones sean sustituidas por otras.
El Consejo Superior de la Judicatura había dejado a discrecionalidad de los consejos seccionales determinar el porcentaje máximo de concurrencia presencial. El rango del aforo está entre el 20 % y el 50 %.
El juez de tutela debe tener en cuenta que, en ocasiones, la dilación injustificada no es atribuible a una conducta caprichosa o arbitraria del funcionario judicial