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Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Prueba del móvil pasional no es indispensable para la configuración típica del homicidio

03 de Mayo de 2018

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En materia de dogmática penal, la prueba del móvil pasional no constituye un elemento indispensable para la configuración típica de la conducta punible de homicidio.

 

Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia, al tiempo que reconoció su importancia en la demostración del ingrediente subjetivo del tipo penal o en la determinación de la culpabilidad.

 

Adicionalmente, calificó como cierto que la comprobación de un móvil puede explicar la ocurrencia de una conducta lesiva, así como servir de hecho indicador de autoría y responsabilidad penal. 

 

Premeditación

 

Tratándose de un homicidio pasional, para el caso bajo análisis, no se requiere de una acción premeditada sustentada en una relación de larga duración, condición de premeditación en el ejecutor, pues es posible la realización de un crimen de ese calibre en el fragor de una imprevista reacción emocional.

 

Para la perpetración de un homicidio no se requiere entonces de una especial motivación y cualquier condición puede desencadenar ese fatal desenlace, existiendo la posibilidad de que la intención delictiva se haya creado en el mismo momento y sea ejecutada sin intervalo entre la idea y la acción, como consecuencia de una reacción imprevista o por un impulso instantáneo, conocido como dolo de ímpetu, aclaró.     

 

No obstante, aunque parezca extraordinario que un tercero realizara la incursión violenta en el motel donde estaba la víctima y el acusado, la hipótesis está corroborada por pruebas testimoniales que confirman la presencia de esta persona, escapando y llevando consigo un arma de fuego (M. P. Patricia Salazar).

 

CSJ Sala Penal, Sentencia SP-7342018 (41785), Mar. 14/18

 

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