23 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 15 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


¿Qué entidad se legitima por pasiva tratándose de la responsabilidad estatal por falla notarial o registral? (11:55 a.m.)

12 de Enero de 2018

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Nota:
59194
En virtud de que en la estructura de la administración pública el organismo encargado de cumplir las funciones notariales es el Ministerio de Justicia y del Derecho (Minjusticia), esta es la entidad legitimada en la causa por pasiva para actuar en un proceso judicial en el que se discuta la eventual responsabilidad del Estado por las conductas realizadas por los notarios si llegaren a causar daños antijurídicos. Es decir, el centro de imputación de la responsabilidad por la actividad de los notarios lo constituye la Nación como persona jurídica. En ese orden, se debe precisar la diferencia entre falla registral y notarial a efectos de determinar la responsabilidad estatal, ya que, tratándose de la primera, la legitimada en la causa material será la Superintendencia de Notariado y Registro, mientras que en la falla notarial es la Nación a través del Minjusticia (C. P. Ramiro Pazos Guerrero).

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