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Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Debates Jurídicos del Proceso de Paz


Lecciones de un foro plural sobre la paz

12 de Junio de 2013

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El pasado 9 de mayo, la alianza entre ÁMBITO JURÍDICO, el Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax-Colombia) y la Universidad Externado de Colombia propició un espacio para el debate público sobre el proceso de paz y sus dilemas jurídicos. A continuación, algunas de las conclusiones:

 

Justicia penal y verdad no judicial

Antes de que se iniciaran los esperados “rounds” ­–como los llamó el moderador y rector Juan Carlos Henao– entre el procurador general de la Nación, Alejandro Ordoñez, y el fiscal general, Eduardo Montealegre, Clara Elena Reales, magistrada auxiliar de la Corte Constitucional, y Roy Barreras, presidente del Senado, dejaron claro el marco en el que debía tener lugar la discusión: según Reales, la Constitución de 1991 ofrece múltiples posibilidades para eventuales acuerdos de paz y fórmulas de justicia transicional sin que haya medidas que sean inconstitucionales a priori.

 

Si bien los derechos de las víctimas son un imperativo que puede limitar los posibles arreglos, lo cierto es que la metodología desarrollada por la Corte permite ponderar valores como estos, que puedan, eventualmente, aparecer contrapuestos: se trata de determinar si la fórmula de justicia transicional y cierre del conflicto definida por el legislador es la que redunda en el menor sacrificio posible a los derechos de las víctimas.

 

Barreras, por su parte, recordó que el Marco Jurídico para la Paz (art. 66 transitorio de la Constitución) resolvió muchos  dilemas. De acuerdo con su interpretación, dicho marco excluye las amnistías o indultos generales y las leyes de perdón y olvido, es decir, la impunidad. Y también excluye delitos como los “falsos positivos”, y sujetos como las bandas criminales. El caso del “Palacio de Justicia”, en cambio, sería un supuesto claro de aplicación de los beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas.

 

Después de una rica discusión filosófico-jurídico-política, las diferencias entre el Fiscal y el Procurador se mostraron irreconciliables. El Fiscal defiende un modelo minimalista en el que la investigación y juzgamiento penal se limita a los máximos responsables y considera que el actual es un escenario en donde los derechos de las víctimas deben flexibilizarse para garantizar el derecho a la paz. Considera que en la Constitución de 1991 hay un modelo de justicia restaurativa –no retributiva– que permite garantizar el derecho a la justicia por vías no necesariamente penales, sin que ello implique impunidad.

 

El Procurador, por su parte, considera que los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación deben garantizarse en todos los casos de graves violaciones a los derechos humanos o el DIH, y que ello supone investigaciones penales y penas privativas de la libertad. Plantea que, según el Marco Jurídico para la Paz, los responsables de crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra “cometidos de manera sistemática” deben ser investigados penalmente, mientras que los mismos casos que no sean sistemáticos serían “amnistiables”, lo cual no solo genera incumplimiento de obligaciones internacionales de Colombia, sino que constituiría una sustitución de la Carta Política.

 

El senador Barreras medió en el debate, señalando que estos crímenes graves cometidos de manera no sistemática no quedarían impunes, puesto que el Marco Jurídico para la Paz prevé instrumentos de carácter extrajudicial para dar cumplimiento a las obligaciones de persecución y juzgamiento del Estado colombiano.

 

Las divergencias sobre cuánta justicia penal debería tener el proceso fue compensada con los consensos entorno a la necesidad de mecanismos extrajudiciales de construcción de verdad. Sin embargo, las propuestas e interpretaciones sobre el “cómo” fueron muy variadas. Mientras la ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, considera que el acuerdo que se firme es el que dará las pautas en el marco de unos estándares mínimos que exigen el esclarecimiento de patrones de macro-criminalidad y la identificación de los grandes responsables, garantizando que se oiga la verdad de las víctimas, el juez Baltasar Garzón interpreta el artículo 66 transitorio de la Constitución en el sentido de que la Comisión de la Verdad debe funcionar como una instancia previa a la judicial, en la que se hacen recomendaciones sobre judicialización de casos.

 

Por su parte, el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, resaltó el papel de la verdad como un proceso de carácter histórico que debe buscar desentrañar y develar las relaciones de poder que han generado violencia. Ello, más aún cuando a diferencia de países como Sudáfrica, en Colombia los procesos de paz no han llevado a un cambio en quienes detentan el poder.

 

La participación de las FARC en política y la refrendación de los acuerdos

Los dilemas políticos y prácticos, como el de las garantías de seguridad para los guerrilleros que dejen las armas y participen en política, deben preceder a los debates jurídicos y concentrar todos los esfuerzos. A ese llamado de Carlos Gaviria Díaz se sumó una alerta de Rodolfo Arango sobre el riesgo de que, por los tiempos electorales, el proceso de paz y las decisiones sobre el posconflicto y la reintegración estén atados a un proyecto político, un partido y una persona en concreto.

 

El senador John Sudarsky llamó la atención sobre la urgencia de modificar estructuralmente el sistema electoral y hacer que la incorporación de las FARC a la vida política nacional genere un cambio profundo y no se realice en el actual sistema clientelar y corrupto. 

 

Humberto Sierra Porto lanzó varias propuestas concretas, señalando, primero, que es necesario ir más allá de los mecanismos electorales y considerar, por ejemplo, la designación directa –al menos en una primera fase– en órganos consultivos y en entidades administrativas, lo cual, además, contribuiría a generar poco a poco un lenguaje con grupos históricamente excluidos del sistema político. Ello es, además, necesario, porque los mecanismos propiamente electorales seguramente requieren de una reforma constitucional, y la Corte Constitucional ha establecido importantes restricciones a las reformas constitucionales sobre la organización del Congreso, por lo cual solo quedaría la vía constituyente. Sugirió replantear el sistema de ordenamiento territorial para garantizar una presencia exitosa y una participación útil de los nuevos actores.

 

Finalmente, en relación con la refrendación de los acuerdos, hubo consenso en el sentido de que si bien es necesario un mecanismo participativo que permita la legitimación popular de lo acordado en La Habana, una Asamblea Nacional Constituyente es inconveniente e improcedente. Primero, por el riesgo de que la Constitución de 1991 sea reescrita en términos menos progresistas de los actuales, dado que, a diferencia de ese momento, hoy estaría a merced de intereses clientelares. Segundo, porque, como relataron el ministro Fernando Carrillo y Antonio Navarro Wolff, tampoco en los noventa hubo relación directa entre el proceso de paz y la reforma constitucional.

 

En relación con otros posibles mecanismos de refrendación, si bien el ministro Carrillo subrayó la necesidad de esperar un acuerdo en La Habana, Gaviria y Navarro coincidieron en la importancia de un mecanismo de refrendación sencillo y accesible al ciudadano, posiblemente, al estilo de un referendo.

 

Posconflicto en clave regional y local

Sergio Jaramillo, alto Comisionado para la Paz, recordó que la verdadera transición, la construcción de paz, se inicia después de los acuerdos y tendrá lugar predominantemente en el ámbito regional y local. El ministro Carrillo y Navarro coincidieron en que el país tiene que comenzar a trabajar en las grandes transformaciones que requerirá el posconflicto. Entre otras, reformas profundas al régimen electoral, a la organización administrativa y territorial en lo local, incluyendo el sistema de distribución de tributos –rompiendo con las estructuras clientelistas de las regiones– y avanzando en la profundización de la participación ciudadana a través de una política pública integral. Para ello, es importante reconocer lo aprendido en el proceso de descentralización del país, pero es clave comenzar a construir redes estratégicas de colaboración con las organizaciones de municipios y, fundamentalmente, fortalecer a los departamentos como pilar para el acercamiento entre la Nación y los municipios.

 

Coincidieron, pues, en que este no podía ser un nuevo proceso de desmovilización y reintegración de excombatientes, sino que debían saldarse las deudas históricas con el territorio, que es en donde los acuerdos no solo serán implementados, sino ampliados y desarrollados.

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