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Actualizado hace 30 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Importantes precisiones sobre la procedencia del ‘exequatur’ (11:45 a.m.)

03 de Enero de 2020

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Nota:
114354
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia realizó importantes precisiones sobre el proceso de exequatur, mediante el cual se permite que decisiones adoptadas por jueces foráneos generen efectos en Colombia, en virtud de los principios de cooperación y reciprocidad internacional. Así, la Sala Civil indicó que en estos procesos se puede dictar sentencia anticipada, teniendo en cuenta que no es necesario practicar pruebas. En el mismo sentido, el alto tribunal realizó precisiones sobre los requisitos para que proceda este trámite, especialmente (i) la necesidad de reciprocidad diplomática, es decir, que exista un acuerdo o convenio entre los países sobre la suerte de las determinaciones que emiten los funcionarios judiciales y (ii) que la decisión extranjera no desconozca ninguna de las prerrogativas del ordenamiento jurídico colombiano (M. P. Margarita Cabello).

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