05 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Medidas de bioseguridad en salas de cine y teatros aplican hasta que se levante la emergencia sanitaria

01 de Junio de 2021

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Nota:
128771

El Consejo de Estado, al aplicar el control automático de legalidad de la Resolución 1408 del 2020, determinó que el protocolo de seguridad adoptado por el Ministerio de Salud para salas de cine, teatros, autocines y auto eventos como condición para la reapertura de estos escenarios debe seguir rigiendo hasta que se levante el estado de emergencia sanitaria. Teniendo en cuenta que la norma no contiene una referencia específica sobre el límite temporal durante el cual deberá regir en el ordenamiento jurídico, es necesario condicionar su legalidad a que se entienda que el protocolo debe aplicarse hasta que se levante el estado de emergencia sanitaria, en los términos del Decreto 539 del 2020, precisó el alto tribunal.  Así mismo, señaló, las disposiciones son producto de la atribución que tenía el ministerio para adoptar protocolos de bioseguridad tendientes a evitar la transmisibilidad de la covid-19 frente al desarrollo de actividades económicas, sociales y las que cumplen los diferentes sectores de la administración pública. Entre otras cosas, la Corporación explicó que no es desproporcionado el hecho de que los entes territoriales deban vigilar el cumplimiento de las medidas, sin perjuicio de que el Ministerio del Trabajo imponga las reglas a que haya lugar para los empleadores y contratantes del personal que preste sus servicios en estas actividades (C. P. Guillermo Sánchez Luque)

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