Notificación por correo electrónico se entiende surtida con recepción del mensaje
Según jurisprudencia, tener que acreditar la apertura implicaría que la notificación quede al arbitrio del receptor.
Según jurisprudencia, tener que acreditar la apertura implicaría que la notificación quede al arbitrio del receptor.
Si el litisconsorcio fuere necesario será indispensable la notificación a todos para que se surtan los efectos.
Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dirimió un conflicto negativo de competencias administrativas.
Salvo las de prescripción, compensación y nulidad relativa que están reservadas proponer al demandado o ejecutado en la contestación de la demanda.
Según los demandantes, se vulneraba el debido proceso, en lo relacionado con los principios de independencia e imparcialidad judicial.
Solo de esa forma se garantiza el derecho del usuario a una administración de justicia efectiva.
Se requiere que obren en el proceso con su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por un intérprete oficial o por traductor designado por el juez.
Este es un espacio académico para intercambiar conocimiento sobre temas de interés para la jurisdicción.
Según el autor de la iniciativa, se busca crear un sistema de ejecución eficiente mediante árbitros que se convierta en un apoyo para la justicia ordinaria.
Se ordenó devolver el auto a la misma jurisdicción para que se pronuncie de fondo sobre el recurso que presentaron los accionantes.
El demandante no logró articular una verdadera cuestión de constitucionalidad en su demanda, por ello se descartó la posibilidad de pronunciarse de fondo.
Tribunal incurrió en defecto sustantivo al aplicar erróneamente el artículo 136.8 del Código Contencioso Administrativo.
El reporte lo deben hacer al Grupo de Fondos Especiales de la Unidad de Presupuesto de la DEAJ.