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Actualizado hace 13 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Procesal


Lista ponencia del proyecto que crearía arbitraje para procesos ejecutivos

30 de Agosto de 2023

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Imagen
pacto-arbitral (rawpixel)

Fue radicada la ponencia para primer debate del proyecto de ley 008/23S, por medio del cual se crea la modalidad de arbitraje para procesos ejecutivos, mediante el pacto arbitral ejecutivo como mecanismo alternativo de solución de conflictos, con el objetivo de contribuir a la descongestión del sistema judicial.

“Actualmente, el sistema judicial no tiene la capacidad institucional para atender la gran demanda de servicios judiciales para la ejecución de títulos ejecutivos. Estos procesos constituyen más del 72 % de aquellos que conoce la jurisdicción ordinaria”, explicó el senador Humerto de la Calle, autor y ponente del proyecto; “el arbitraje ha mostrado ser eficiente a la hora de resolver controversias entre particulares, ya que se trata de un tercero imparcial y especializado que actúa como juez y emite una decisión con los mismos efectos de una sentencia judicial”, continuó.

Si bien se han presentado diferentes iniciativas legislativas con similar propósito, De la Calle asegura que este proyecto fue nutrido gracias a la audiencia celebrada con diferentes expertos en la materia, de tal manera que se incorporan las siguientes novedades:

  1. Establece medidas para garantizar que la habilitación del pacto arbitral ejecutivo sea de manera libre y autónoma.
  2. Fija la obligación de suministrar información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre las características propias de la cláusula arbitral ejecutiva, con el fin de que el usuario del sistema financiero comprenda el contenido y alcance de la misma y así pueda tomar la decisión de pactarla de manera libre y autónoma.
  3. Instaura la figura del arbitraje social de ejecución con el propósito de democratizar el acceso a la justicia, de manera que personas de escasos recursos económicos puedan acceder a los servicios del proceso de arbitraje ejecutivo.

“Se protege a los usuarios del sistema financiero, que suelen adherir incondicionalmente a los contratos con las distintas entidades financieras, por miedo a que no les aprueben los créditos. También se protege a los tenedores de los títulos valores, a los que no se les puede imponer el pacto arbitral ejecutivo, porque no hicieron parte del negocio jurídico inicial y por lo tanto no lo habilitaron directamente”, finalizó el senador.

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