Terminan proceso contra abogado acusado de deslealtad con el cliente por callar relación de parentesco
En materia de responsabilidad disciplinaria no opera la responsabilidad objetiva, debe probarse en cada caso la antijuridicidad.
En materia de responsabilidad disciplinaria no opera la responsabilidad objetiva, debe probarse en cada caso la antijuridicidad.
Según jurisprudencia, tener que acreditar la apertura implicaría que la notificación quede al arbitrio del receptor.
Si el litisconsorcio fuere necesario será indispensable la notificación a todos para que se surtan los efectos.
La Comisión de Disciplina Judicial indicó que esta conducta supone un desconocimiento del deber de atender con diligencia los encargos profesionales. También explicó los alcances del grado jurisdiccional de consulta dentro de las decisiones de la Corporación.
La Comisión de Disciplina Judicial encontró responsable disciplinariamente a un abogado de falta a la lealtad y honradez con los colegas, consagrada en el artículo 36 de la Ley 1123 de 2007.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó una sentencia que terminó y archivó el proceso disciplinario relacionado con dos jueces penales del circuito de Barrancabermeja.