Notificación por correo electrónico se entiende surtida con recepción del mensaje
Según jurisprudencia, tener que acreditar la apertura implicaría que la notificación quede al arbitrio del receptor.
Según jurisprudencia, tener que acreditar la apertura implicaría que la notificación quede al arbitrio del receptor.
Si el litisconsorcio fuere necesario será indispensable la notificación a todos para que se surtan los efectos.
Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dirimió un conflicto negativo de competencias administrativas.
Si la irregularidad advertida por el servidor reprochado respecto de la diligencia de secuestro practicada en el asunto objetado puede ser remediada a través de herramientas distintas a su nulidad, debe conjurarse por otras vías.
El desistimiento de la demanda procede aun cuando no se ha admitido la misma y aun cuando el efecto es el de cosa juzgada.
En consecuencia, en estos asuntos solo se permiten las excepciones de pago, compensación, confusión, novación, remisión, prescripción o transacción, siempre que se basen en hechos ocurridos con posterioridad a la expedición de la providencia.
La interposición de recursos es la herramienta con la que cuenta la persona para debatir la decisión o actuación de la administración antes de acudir la Jurisdicción Contenciosa.
La orden que debe formularse en contra de ellos es el reembolso del pago que la entidad que se sirvió de esa figura tenía que hacer en atención a los resultados de la sentencia.
En el presente caso, se desconoció la diligencia de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP para cumplir con dicha carga procesal y que el proceso de expropiación se adelanta por “motivos de utilidad pública o de interés social”.
La omisión afecta el derecho al debido proceso y, más concretamente, los derechos de defensa y contradicción.
En su aclaración de voto, la magistrada Hilda González indicó que existe cosa juzgada constitucional, porque la Corte Constitucional excluyó la acción de tutela de revisión.
De acuerdo con la accionante, de conformidad con los artículos 67 del Código Civil y 59 y 60 de la Ley 4ª de 1913, los plazos vencen a la media noche del último día del plazo.
Los actos administrativos que deciden sobre responsabilidad fiscal deben fundarse en pruebas legalmente producidas y allegadas al proceso sobre daño patrimonial y responsabilidad del investigado.