No invitar a un candidato a un debate electoral no se puede basar en criterios arbitrarios
Los organizadores deberían prever un espacio para que aquel pueda hacer una corta réplica a lo manifestado en el debate.
Los organizadores deberían prever un espacio para que aquel pueda hacer una corta réplica a lo manifestado en el debate.
Pertenecerán a las secciones Segunda, Tercera y Cuarta.
Se desconocieron los principios de consecutividad e identidad flexible, que dotan de racionalidad al trámite legislativo.
Consejo de Estado explicó la prevalencia en el nombramiento cuando esta ocurre en virtud de una orden judicial de reintegro.
La responsabilidad estatal se materializa por la omisión en el deber de debida diligencia en la protección de la violencia de género frente a riesgos previsibles y cognoscibles.
Se le imputó responsabilidad a la Armada Nacional, a la Policía Nacional y al Ejército Nacional a título de falla en el servicio por sus omisiones determinantes en la ocurrencia de la masacre en San Pablo (Antioquia).
En este caso en concreto no era posible prever o conocer de antemano la ocurrencia del hecho, ni tampoco se demostró la falla en el servicio.
El trámite de la medida cautelar se realizara por medio del procedimiento ordinario previsto por el artículo 233 del CPACA, por lo que se le corrió traslado al ministerio demandado del escrito que contiene la solicitud.
La contabilización de la experiencia de profesiones relacionadas con la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares está determinada por el artículo 12 de la Ley 842 de 2003, norma que no ha sido derogada y se encuentra vigente.
El principio de la buena fe no implica desconocer las reglas del proceso de selección: Consejo de Estado.
El hospital omitió advertir a la paciente sobre los riesgos de la cirugía, por lo tanto, se presentó una ausencia de consentimiento informado para la práctica de la mamoplastia.
El desequilibrio económico del contrato se genera por actos de la administración, por fenómenos externos a su decisión o extraños a las partes contractuales.
Explicó el Consejo de Estado que estas causales deben tener respaldo en el ordenamiento jurídico y concretar el principio de selección objetiva.