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Visto bueno a directriz de Colombia Compra Eficiente acerca de evaluación de experiencia de profesiones relacionadas con la ingeniería

La contabilización de la experiencia de profesiones relacionadas con la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares está determinada por el artículo 12 de la Ley 842 de 2003, norma que no ha sido derogada y se encuentra vigente.
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13 de Febrero de 2023

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Colombia Compra Eficiente puede, en sus circulares, impartir instrucciones que tiendan a recordar y dar aplicación, por parte de las entidades estatales destinatarias de las mismas, a las normas legales y reglamentarias que directa o indirectamente regulan materias que deben ser tenidas en cuenta en los procesos de selección de contratistas y celebración de contratos estatales.

Las circulares externas que expide en materia de compras y contratación pública son actos administrativos que contienen mandatos, orientaciones e instrucciones que van dirigidas a las entidades estatales y al público en general y son de obligatorio cumplimiento.

De modo que cuando Colombia Compra Eficiente estableció, en la Circular Única de 2019, que en los casos en los que el objeto del contrato requiera el ejercicio de profesiones sujetas a regulación especial, como es el caso de las profesiones relacionadas con la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares, la entidad estatal debe remitirse a lo establecido en la regulación específica acerca del cómputo de la experiencia, no hizo otra cosa que indicar el deber de las entidades estatales de dar aplicación a las leyes especiales que rijan para las diferentes profesiones, en el entendido de que las mismas se hallen vigentes, y esta instrucción realizada por la entidad es completamente válida, con fundamento constitucional. (C.P: María Adriana Marín).

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