02 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Reducción de tarifas del impuesto al consumo al 0 % no tiene limitaciones geográficas

22 de Febrero de 2021

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El artículo 47 de la Ley 2068 del 2020, por la cual se modifica la Ley de Turismo, contempla una reducción de las tarifas del impuesto al consumo al 0 % en el expendio de comidas y bebidas hasta el 31 de diciembre del 2021, sin señalar limitaciones asociadas a la ubicación geográfica de los establecimientos que prestan los servicios previstos en los artículos 512-9 y 512-12 del Estatuto Tributario para su aplicación, por lo no es posible considerar condiciones de esta índole, sin perjuicio de tener que cumplir los demás requisitos para poder acceder al beneficio. En reciente concepto, recordó la Dian, no le es dable al interprete distinguir cosas donde la ley no lo hace, en virtud del principio general de interpretación jurídica. El servicio de catering se beneficia de la reducción mencionada, teniendo en cuenta que comparte el mismo presupuesto fáctico señalado en la ley para efectos del artículo 512-8 y 519-9.

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