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Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Relación mínima de solvencia del Fondo Nacional de Garantías será del 9 %

24 de Marzo de 2020

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Nota:
116023

Por medio del Decreto 466, del 23 de marzo, el Ministerio de Hacienda modificó el Decreto 2555 del 2010, en lo que tiene que ver con el Fondo Nacional de Garantías. En primer lugar, la norma modifica el literal c) del artículo 10.2.1.1.1, sobre relación de solvencia, en el sentido de pasar de una relación mínima del 11 % al 9 %. Esta relación de solvencia se entiende como el valor del patrimonio técnico, dividido por la suma del valor de los activos y contingencias ponderados por nivel de riesgo, mas el saldo de la exposición a riesgo de mercado. En segundo lugar, modifica los conceptos que comprenden el patrimonio técnico, así como los valores que se pueden deducir del mismo. Por último, la disposición modifica lo que tiene que ver con la clasificación y ponderación de activos y contingencias, en cuanto a los valores que se deben agregar para el cálculo de las contingencias netas por emisión de garantías y otros.  

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