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Actualizado hace 10 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Precisan concepto del requisito del nivel inventivo en patente de invención

15 de Marzo de 2023

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Nota:
158899

Sobre el requisito del nivel inventivo y el estado de la técnica, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina ha señalado que ofrece al examinador la posibilidad de determinar si con los conocimientos técnicos que existían al momento de la invención se hubiese podido llegar de manera evidente a la misma, o si el resultado hubiese sido obvio para un experto medio de la materia de que se trate.

Para satisfacer el requisito en mención se requiere más que la simple aplicación de los conocimientos técnicos en la materia, de manera que, de conformidad con el estado de la técnica, el invento no sea consecuencia clara y directa de dicho estado, sino que signifique un avance o salto cualitativo en la elaboración de la regla técnica.

En el caso bajo estudio, el objeto de la invención consistió en un procedimiento de formulación de un análogo de epotilona, mediante liofilización, así como el análogo liofilizado de epotilona y composiciones farmacéuticas que lo contienen para el tratamiento de cáncer.

Para la Sección Primera del Consejo de Estado, las conclusiones del concepto técnico aportado por la demandante no lograron desvirtuar las razones que condujeron al examinador de la SIC a concluir que la solicitud carece de nivel inventivo, dado que, en comparación con el estado del arte, D1 menciona derivados de epotilona dentro de los cuales se encuentran los derivados de la fórmula I y el compuesto de la fórmula II; D2 menciona composiciones liofilizadas de epotilonas y D3 menciona el proceso de liofilización, sus principios básicos, condiciones y equipos para productos farmacéuticos, lo que lo hace que la invención resultara obvia para un técnico medio en la materia. Razón por la cual se confirmó la decisión de negar el registro de la patente de invención (C. P.: Nubia Margoth Peña Garzón).

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