14 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Recuerdan características del seguro de daños (3:32 p.m.)

17 de Diciembre de 2019

Reproducir
Nota:
114583
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia conoció el recurso de casación dentro del proceso ordinario promovido por la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) contra una compañía aseguradora, lo que dio pie a que el alto tribunal analizara las particularidades del contrato de seguro de responsabilidad civil suscrito entre las partes, luego de que la CCB diera aviso de siniestro, materializado por la defectuosa liquidación de un impuesto de registro. En ese escenario, el alto tribunal recordó que el seguro de daños tiene por objeto la protección del patrimonio del asegurado frente a un perjuicio de orden pecuniario, de ahí que se les conozca como “de mera indemnización”. Además, indicó que por medio de ellos es que el amparado logra la posibilidad de obtener la reparación del detrimento  que sufra en su patrimonio a causa del acaecimiento del siniestro (M. P. Luis Alonso Rico).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)