Este sería el listado de bolsas de valores de reconocida idoneidad internacional
13 de Diciembre de 2021
Mediante un proyecto de norma, la Dian hace público el que sería el listado de las bolsas de valores de reconocida idoneidad internacional, para efectos de lo dispuesto en el artículo 12-1 del Estatuto Tributario.
El parágrafo 5 del artículo 12-1 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 31 de la Ley 1739 del 2014, establece: “No se entenderá que existe sede efectiva de administración en Colombia para las sociedades o entidades del exterior que hayan emitido bonos o acciones de cualquier tipo en la Bolsa de Valores de Colombia y/o en una bolsa de reconocida idoneidad internacional, de acuerdo con resolución que expida la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Esta disposición aplica igualmente a las subordinadas - filiales o subsidiarias - de la sociedad o entidad que cumpla con el supuesto a que se refiere el presente inciso, para lo cual la filial o subsidiaria deberá estar consolidada a nivel contable en los estados financieros consolidados de la sociedad o entidad emisora en Bolsa”.
Para la selección de las bolsas se tuvieron en cuenta los criterios establecidos por la Superintendencia Financiera en la Circular Externa 29 del 2014 y la lista de Bolsas Internacionales de Valores autorizadas para transar acciones, ADRs (por sus siglas en inglés, American Depositary Receipt) y GDRs (por sus siglas en inglés, Global Depositary Receipts).
Adicionalmente, se tuvo en cuenta la existencia de un instrumento internacional, bilateral o multilateral, que permita el efectivo intercambio internacional de información en materia tributaria entre la jurisdicción donde se encuentra localizada la bolsa y Colombia.
La entidad recibirá comentarios hasta el próximo 23 de diciembre del 2021, a través del siguiente buzón: dirgen_oai@dian.gov.co.
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