15 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Decretos reglamentarios únicosReglamentan medidas de sostenibilidad financiera del Fondo Empresarial de la Superservicios (12:12 p.m.)

04 de Diciembre de 2019

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Nota:
112674
El Departamento Nacional de Planeación (DNP) adicionó unos artículos al Capítulo 4 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 del 2015, único reglamentario del sector, y reglamentó el artículo 312 de la Ley 1955 del 2019, relacionado con los requisitos que permitan implementar las medidas de sostenibilidad financiera del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con el fin de darle continuidad a la eficiente prestación del servicio público de energía en la costa caribe. Por ejemplo, las operaciones de crédito público interno o externo, de corto o largo plazo, las operaciones asimiladas, las operaciones propias del manejo de deuda pública y las conexas con las anteriores requerirán la autorización por parte del Ministerio de Hacienda. Igualmente, indicó que las operaciones de crédito público celebradas por el fondo estarán exentas de la constitución de garantías, contragarantías y de la obligación de realizar aportes al fondo de contingencias creado por la Ley 448 de 1998.

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