Confirman la suspensión provisional de las normas que excluyen y limitan las labores comprendidas en la actividad de la industria petrolera (3:13 p.m.)
22 de Julio de 2011
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Nota:
74740
El Consejo de Estado confirmó la suspensión provisional de varias disposiciones contenidas en los decretos 2719 de 1993 y 3164 del 2003, en las que se definieron las labores propias y esenciales de la industria del petróleo. El apoderado judicial del Ministerio de Minas y Energía interpuso recurso de reposición contra el auto admisorio de la demanda porque, a su juicio, existía cosa juzgada en relación con una decisión de nulidad tomada en el 2008. Sin embargo, la Sección Primera consideró que no existía identidad de objeto y de causa jurídica con ese fallo. Además, advirtió que en el derecho procesal administrativo colombiano no se contempla la cosa juzgada como causal de rechazo de la demanda (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).
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