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Actualizado hace 16 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Estas son las sanciones aplicables por incumplir medidas sanitarias y acciones de policía por coronavirus, en Bogotá

13 de Marzo de 2020

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Nota:
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Mediante reciente comunicado, la Alcaldía de Bogotá hizo recomendaciones para la realización de actividades de hasta 500 personas y anunció sanciones por el incumplimiento del Decreto 81 del 2020, por el cual se adoptaron medidas sanitarias y acciones transitorias de policía por coronavirus. De acuerdo con el documento, a los organizadores de eventos  que incumplan las medidas se les podrán imponer multas de acuerdo con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, así: multas por violación a las disposiciones sanitarias de hasta 10 mil salarios diarios mínimos legales vigentes, multas especiales desde 151 y 800 salarios mínimos legales mensuales y otras medidas como amonestación, disolución de la actividad y suspensión de la misma. Adicionalmente, el incumplimiento de las resoluciones de policía que sean expedidas pueden encuadrar en el delito de fraude a resolución de policía y, por ende, dar lugar a prisión de uno a cuatro años y multa de 5 a 50 salarios mínimos.

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