24 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Conozca cómo la Corte Constitucional comunica sus decisiones a menores de edad por una situación de acoso escolar

23 de Agosto de 2024

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Nota:
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Colegios deben adoptar protocolo de atención frente a señales, indicios, reportes o quejas de racismo y discriminación (Freepik)

Ante un caso de acoso escolar en el que una menor de edad terminó diagnosticada con depresión y ansiedad, la Corte Constitucional tomó una serie de determinaciones que incluyen órdenes no solo al colegio donde estudia la adolescente, sino también a las autoridades regionales y nacionales.

Y es que deberán revisar el manual de convivencia para incluir alternativas de tratamiento al acoso escolar y mecanismos para que se den cuenta a tiempo si funcionan, pues en el caso concreto no ocurrió. (Lea: Colegios deben implementar protocolos de atención inclusiva en procesos de transición identitaria)

El alto tribunal constitucional tomó las decisiones porque los niños, las niñas y los adolescentes "están viviendo intimidación en sus salones de clase y se sienten amenazados a diario", por lo que quiere asegurar una respuesta adecuada y oportuna con una guía para que no se sientan solos y sepan cómo manejar la situación junto a sus padres.

Y es que se encontraron graves fallas en el diseño del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SUICE) y en la articulación institucional del Sistema Nacional de Convivencia Escolar, especialmente porque los reportes fueron tardíos e incompletos.

Para la Corte, la falta de claridad en la ruta de atención favoreció el surgimiento de barreras que afectaron a la estudiante, por ello ordenó un acto de excusas públicas para la adolescente y al Ministerio de Educación que complemente la política pública de prevención, contención y atención de la violencia escolar con el propósito de visibilizar el fenómeno del acoso escolar.

Sentencia de fácil comprensión

En su propósito de facilitar la comprensión de la decisión a la directamente interesada, el alto tribunal dedicó una parte de la sentencia a explicar su alcance, la cual puede descargar al final de esta nota: “el matoneo escolar es un fenómeno al que la sociedad empieza a reconocerle el impacto negativo que tú ya conoces. Normativamente, apenas hace diez años empezamos a reaccionar y a prever medidas para contener el acoso escolar. En Colombia este tipo de hostigamiento tiene una ruta de acción.

La situación que atravesaste nos dejó claro que esta ruta no mejoró tu situación. No les dio una respuesta efectiva a tus denuncias. Por el contrario, las autoridades refirieron que, al responder a sus obligaciones formales en ese sistema, hicieron lo que les correspondía. Pero no es cierto, no se aseguraron de que te sintieras escuchada, validada en tus emociones y protegida”.

¿Qué es el SIUCE?

Se trata de un sistema que busca la identificación, registro y seguimiento de los casos de acoso, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que surjan en los escenarios educativos. Tiene también un uso estadístico, a partir del cual es posible adoptar y reorientar estrategias de intervención de política pública.

Además, la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar está conformada por un conjunto de procesos y protocolos de prevención, atención y seguimiento de situaciones relacionadas con la convivencia en el entorno educativo. Las autoridades deben responder mediante una oferta ágil, integral y complementaria.

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