12 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 3 minutos | ISSN: 2805-6396

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Corte Constitucional deja sin efecto nulidad de sanciones disciplinarias contra Eduardo Carlos Merlano y Juan Carlos Abadía

12 de Septiembre de 2024

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Nota:
204536

A través de dos sentencias de unificación de tutela, la Corte Constitucional amparó el derecho al debido proceso de la Procuraduría General de la Nación por la decisión de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado que anuló las sanciones disciplinarias de destitución e inhabilidad general que impuso contra el exsenador Eduardo Carlos Merlano y el ex gobernador Juan Carlos Abadía.

Para el alto tribunal, dicha anulación de sanciones desconoció que el Ministerio Público ejerció sus competencias para disciplinar a los servidores públicos de elección popular bajo la Ley 734 del 2002. (Lea: Consejo de Estado tumbó destitución de la Procuraduría contra el exsenador Eduardo Merlano)

Lo anterior sin desconocer que con posterioridad a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego contra Colombia armonizó la protección de los derechos políticos con los principios constitucionales que guían la función pública, en la Sentencia C-030/23, lo que hace obligatorio su cumplimiento por todas las autoridades. (Lea: Procuraduría interpuso tutelas contra fallos del Consejo de Estado que anulan decisiones disciplinarias)

Así, la Sala Plena dejó sin efectos las decisiones del Consejo de Estado y ordenó proferir una nueva providencia teniendo en cuenta que la Procuraduría actuó con la competencia para sancionarlos con destitución e inhabilidad general (M. P. Diana Fajardo, Natalia Ángel).

El magistrado Vladimir Fernández salvó su voto en las dos sentencias.

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