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Noticias / Constitucional


Congreso desbordó su competencia en fijación de aranceles a los textiles (11:44 a.m.)

13 de Febrero de 2020

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Nota:
115131
La Corte Constitucional analizó tres demandas de inconstitucionalidad en las cuales se formularon los mismos cargos en contra de los artículos 274 (arancel a las importaciones) y 275 (arancel de aduanas nacionales) de la Ley 1955 del 2019, por medio de la cual se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 (PND). Entonces, verificó que los artículos 274 y 275 tienen una clara vocación de fijar una política comercial. Y es que ni en los antecedentes legislativos ni  distintos planes de desarrollo se da cuenta de estudios o justificaciones de índole fiscal para la introducción de tales aranceles. Como consecuencia de lo anterior, la corporación enfatizó que el Congreso desbordó la competencia otorgada por la Constitución en materia de fijación de aranceles de política comercial, al no limitarse a fijar pautas o criterios generales que fueran objetivo de una posterior regulación detallada por parte del Ejecutivo, impidiendo así, a este último, responder a las dinámicas del mercado y la conveniencia nacional. Finalmente, y tras la verificación entre objetivos y metas de la Ley 1955 y los artículos acusados, se encontró que no existe una conexión teleológica, ni un vínculo directo e inmediato entre los objetivos del plan y la imposición aranceles a los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional (prendas y complementos de vestir). Con fundamento en las precisiones anteriores, se declaró la inexequibilidad de las normas demandadas (M. P. Alejandro Linares).

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