Corceles y no cárceles
24 de Abril de 2020
Mauricio Luna Bisbal
Doctor en Jurisprudencia Universidad del Rosario
Magister en Ciencias Penales, Criminalísticas y Criminológicas Universidad Externado de Colombia
Socio fundador de Luna de Aliaga Abogados & Asociados SAS
Más allá del endémico hacinamiento carcelario, ¿cuál es la pregunta clave?
Por método de exclusión histórica, se puede afirmar:
- El aumento de penas no disminuye la comisión del delito.
- La disminución de penas no aumenta el delito.
- El aumento de jueces y fiscales no ha descongestionado la administración de justicia.
- La disminución de jueces y fiscales no congestiona la administración de justicia, pues permanece congestionada especialmente por la trashumancia en los diferentes despachos.
- Las decisiones de los jueces rara vez cicatrizan las heridas sociales.
- Las decisiones de los jueces rara vez conllevan indemnizaciones a las víctimas.
- Las decisiones de los jueces rara vez son oportunas; casi siempre son tardías.
- Las decisiones de los jueces rara vez resuelven el tema de fondo, pues frecuentemente acogen la salida fácil de la prescripción de la acción penal por vencimiento de términos.
Parece entonces que hay algo muy pesado que impide un deseado dinamismo cicatrizante para sanar las heridas sociales derivadas del delito, posible delito o hecho punible.
¿Qué es ese algo?
Una primera pregunta de un neófito:
¿Parece que administrar justicia es difícil y por eso aburrido?
Una primera respuesta: claro que es difícil y a veces aburrido, por no decir aburridísimo.
Una segunda pregunta de un “semineófito”: ¿Por qué es difícil, aburrido o aburridísimo?
Una segunda respuesta: por varias posibles razones: hechos confusos, falsos testimonios, deficiencia probatoria, ingreso al laberinto de la culpa, severidad de las penas y frecuente inutilidad de las penas privativas de la libertad.
Una tercera pregunta de una mente despierta: ¿debe haber algo más para que sea difícil, aburrido o aburridísimo el administrar justicia penal punitiva?
Una tercera respuesta: Ese algo más no está en las leyes ni en el número de funcionarios, ni en las pruebas, ni en la severidad e inutilidad de las sanciones.
Una cuarta pregunta de un entendido: ¿dónde está entonces ese algo paralizante?
Una cuarta respuesta: Ese algo, y valga la metáfora, está en el piloto, porque él no siempre conoce el puerto de destino; porque él no siempre conoce quiénes están en ese puerto de destino; porque él no siempre conoce quiénes están alegres y quiénes tristes en ese puerto de destino; porque a él, quizá por falta de conocimiento detallado de ese escenario del puerto final, no siempre le gusta tanta proyección energética y su correlativo compromiso en el puerto de destino según defina la cuestión procesal a su cargo.
Además, cualquier decisión que asuma el funcionario, bajo el paradigma de culpa, siempre dejará descontentos con deseos de cuestionar a su vez, ya por la vía administrativa o ya por la vía penal, la conducta del juez.
Una quinta pregunta de un pensador: ¿cuál puede ser una solución?
Una quinta respuesta: un cambio de destino.
Una sexta pregunta de un escéptico: ¿una solución tan simple para un asunto tan complejo?
Una sexta respuesta: no es una solución simple. Es una solución integral.
Una séptima pregunta de un escéptico expectante: ¿por qué integral?
Una séptima respuesta: porque integra todos los aspectos mencionados en una misma solución.
Una octava pregunta de un escéptico estructurador: ¿cuál es esa mágica solución?
Una octava respuesta: el cambio de un paradigma culpabilista hacia un paradigma cuántico para acceder a una superior organización social.
Una novena pregunta de un optimista convencido: ¿cómo funciona ese cuento de hadas?
Una novena respuesta: no es cuento de hadas. Es entender que la responsabilidad, escrita así: “res-ponsabilidad” es la habilidad para responder, no necesita pasar por la culpa y menos por la cárcel. Aún más: la culpa y desde luego la cárcel impiden esa habilidad para responder porque el castigo punitivo y no creativo es limitante y destruye toda posibilidad de crecimiento con acceso a un nivel superior.
Una décima pregunta de un colaborador creativo: ¿qué hacer?
Una décima respuesta:
Varias ideas:
La primera, cambio de mentalidad y lenguaje para hacer agradable y fácil la elevada labor de jueces y magistrados:
- No legislar con casuismo. Los hechos y sus consecuencias deben manejarse, resolverse y ajustarse sin taxatividad. La labor de equilibrio social u homeostasis debe ser ágil y versátil. La taxatividad es una camisa de fuerza. Basta con señalar los bienes jurídicamente protegidos sin determinar las punibles modalidades fácticas.
- Aterrizar en la época posmonárquica, ya que el principio rígido y dogmático de la ley penal en conductas y sanciones surgió como una reacción contra la arbitrariedad de los emperadores y monarcas. Estamos en épocas republicanas.
- El principio no solo del llamado derecho penal, sino de todos los derechos, incluido el internacional, es la homeostasis o equilibrio cuántico para dirigirse siempre a mejores parámetros de convivencia social y planetaria.
- Olvidarse del principio rector del derecho punitivo no creativo: no hay delito ni pena sin ley. Ya cumplió su misión histórica.
El principio actual del derecho debe ser:
- No hay conducta sin homeostasis o restauración del equilibrio ni sanción sin crecimiento personal y social.
- Equilibrio y crecimiento son los ejes del derecho moderno.
- No hablar de culpa, sino de crecimiento.
- No hablar de castigo, sino de invitación.
- No hablar de privación de libertad, sino de preparación para la libertad.
- Establecer sanciones creativas, por ejemplo, que el conductor ebrio asuma los costos de educación de los hijos del occiso en el accidente de tránsito ocasionado por su alicoramiento.
- Establecer sanciones creativas, por ejemplo, al tendero que vendió ilimitadamente licor a ese conductor ebrio, para que participe en los gastos de educación de los hijos de la persona fallecida, porque donde está la ganancia también está la responsabilidad.
- Establecer flexibilidad y amplia creatividad para sanciones. Todas las consecuencias de hechos conocidos por la administración de justicia deben tener apoyos sicológicos y sociológicos de crecimiento personal y social.
- La meta de todos los derechos es cerrar heridas para crecer.
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