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Opinión / Ámbito del Lector

Ámbito del Lector


¿Qué es justicia en línea? El caso de Queensland en Australia

28 de Febrero de 2014

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El Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial integra varias soluciones de tecnologías de información y comunicaciones (TIC) para problemas de eficacia y eficiencia de la justicia. Sin embargo, su éxito depende de la integración de esas soluciones en un modelo de “justicia en línea”. Modelo que no puede confundirse con el “expediente electrónico” (que tampoco consiste en “digitalizar” el expediente físico), ni significa utilizar correo electrónico en los procesos judiciales.

 

Aunque utilice esas herramientas, “justicia en línea” es sobre todo un nuevo modelo de relacionamiento entre operadores de la justicia (jueces, empleados judiciales, abogados, auxiliares de la justicia, otras instituciones del sector) y ciudadanos que buscan una solución oportuna, transparente y confiable para sus conflictos. Este nuevo modelo puede coexistir con el despacho judicial tradicional, pero en el largo plazo puede terminar por desplazarlo. Las licencias de programas de oficina y los computadores de última tecnología son solo medios para prestar mejores servicios a los ciudadanos.

 

Los países más exitosos en este campo han sido flexibles en el manejo de las TIC y sensibles a las preferencias de los usuarios en la era digital. Las soluciones no han sido fáciles ni rápidas. Varios países se han tomado más de 40 años para encontrarlas. No se necesitaron grandes cambios legales o inversiones colosales en equipos, sino cambios graduales, pero irreversibles, en la cultura de los operadores de la justicia, para llegar a prestar servicios diferentes a los tradicionales. Los ciudadanos, además de agilidad en los procesos, exigen alta calidad en la información disponible, bajo costo efectivo (en tiempo y en dinero) y elevada satisfacción con los servicios recibidos.

 

El caso del Estado de Queensland, en Australia, es interesante. Con un total de 160 jueces, atiende alrededor de 600.000 nuevos casos judiciales al año, y es uno de los países más avanzados en justicia en línea. La mayor parte de los servicios de juzgados y tribunales se prestan virtualmente sin que abogados o partes comparezcan a las oficinas judiciales, salvo para audiencias programadas con suficiente anterioridad a través de un “cronograma del proceso” basado en fechas ciertas, obligatorias para el juez y las partes, que solo puede modificarse en casos excepcionales.

 

Queensland no habría podido reducir a un mínimo el uso del papel (aunque conserve la alternativa presencial para quienes así lo prefieran) y facilitar el acceso seguro a la información de todos sus expedientes judiciales sin una decisión estratégica tomada hace más de 10 años. Su Poder Judicial tercerizó la prestación de TIC a compañías especializadas que asumieron el diseño, operación y mantenimiento de una plataforma robusta con el compromiso de: (a) atender la creciente demanda de justicia, (b) garantizar la seguridad y confiabilidad de toda la información recibida o generada en los procesos judiciales y (c) mantenerse permanentemente actualizados en medio del rápido cambio tecnológico. Se prefirió concentrar al Poder Judicial en su función de administrar justicia, en lugar de recargarlo con la administración de TIC y someter a los usuarios a aumentos en el arancel judicial.

 

Gracias al modelo adoptado, Queensland ha mantenido por años tasas de evacuación superiores al 100 % (en algunos tribunales de hasta del 120 %). Sus servicios de justicia en línea incluyen presentación y contestación de demandas, presentación de pruebas, notificaciones a partes o terceros e interoperabilidad con sistemas de instituciones públicas o privadas que manejan información relevante para procesos judiciales, como los registros de la propiedad.

 

Para financiar este modelo, Queensland siguió el principio del Informe de Lord Woolf, que lideró las reformas en el mundo del common law desde 1998: la justicia civil y comercial no es gratuita y sus usuarios deben sufragar sus costos. Sin embargo, las tarifas que cobra el operador privado se calculan por transacción y son relativamente bajas. 100 Dólares Australianos (aproximadamente 180.000 pesos) por una presentación o contestación de demanda, 30 por una notificación (alrededor de 54.000 pesos). Parecen elevadas frente a la gratuidad tradicional de la justicia en Colombia, pero pueden resultar inferiores al arancel judicial del 1,5% sobre el valor de las pretensiones dinerarias (hasta máximo 200 salarios mínimos mensuales, casi 118 millones de pesos) que se está comenzando a recaudar y que puede resultar mucho más oneroso, porque en lugar de cobrarse sobre un servicio prestado se calcula sobre una pretensión que puede ser o no reconocida al final del proceso.

 

Colombia necesita definir el modelo de justicia en línea que quiere y puede adoptar antes de realizar gigantescas inversiones en TIC y arriesgarse a sobrecargar a su Rama Judicial con responsabilidades que pueden desbordarla. Aunque la tercerización no es el único modelo viable, convendría explorarlo, sobre todo si se tiene en cuenta que cualquier plataforma TIC requiere de interconectividad para implementar soluciones móviles de justicia (smartphones, ipads) que ya se vienen usando hasta en países vecinos como Panamá.

 

David Fernando Varela

Consultor internacional en reformas del sector público

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