¿Cómo se cuestiona la validez de un acuerdo conciliatorio laboral?
17 de Febrero de 2023
En principio, la conciliación pone fin a las controversias (salvo que sea parcial) y el acuerdo tiene efectos de cosa juzgada, incluidos los asuntos laborales. Sin embargo, el efecto de la cosa juzgada no es absoluto, por cuanto existe la posibilidad de pedir la anulación de los acuerdos conciliatorios por objeto o causa ilícitos. De modo que, ante la presencia de un vicio del consentimiento, objeto o causa ilícitos o violación de derechos irrenunciables, en acuerdos que versen sobre derechos del trabajador, el interesado puede acudir a la jurisdicción laboral a través de un proceso ordinario para obtener su nulidad.
El Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social prevé que la jurisdicción ordinaria laboral es la competente para conocer los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo, de manera que la definición de legalidad del acuerdo conciliatorio le corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral y, mientras la conciliación no sea anulada, tiene fuerza vinculante.
Así las cosas, concluyó la sala que, si el actor consideraba ilegal el acuerdo conciliatorio celebrado con ocasión del accidente de trabajo que sufrió, lo que le correspondía era formular en oportunidad la pretensión pertinente ante la jurisdicción ordinaria laboral y esperar que allí se dictara la sentencia que decidiera sobre la anulación del acta conciliatoria (C. P. Marta Nubia Velásquez Rico).
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