15 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 21 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Servicios prestados en la realidad económica están gravados con IVA a la tarifa general (8:00 a.m.)

19 de Noviembre de 2019

Reproducir
Nota:
112874
Cuando se presta en la realidad económica un servicio, como es el caso de estudios para otorgar créditos, aunque se desglose la remuneración del mismo como reintegro de gastos como papelería, seguros y otros, este servicio está gravado a la tarifa general del impuesto sobre las ventas y su base gravable la constituye el valor total cobrado como remuneración del mismo. En cuanto a los intereses por operaciones de crédito, en los términos del numeral 16 del artículo 476 del Estatuto Tributario, la Dian señaló que están excluidos. No obstante, recomendó revisar el Oficio 906015 del 2019, que señala en qué ocasiones estarían gravados.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)