03 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 39 minutos | ISSN: 2805-6396

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Negaron monto de presupuesto al Gobierno, comisiones económicas intentan aclarar qué sigue

11 de Septiembre de 2024

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Negaron monto de presupuesto al Gobierno, comisiones económicas intentan aclarar qué sigue (Senado)

El revuelo político y económico que causó la negativa de aprobar el monto de presupuesto planteado por el Gobierno ha generado inquietudes en todos los sectores sobre cuál es el camino a seguir para que la administración pública asegure recursos para el 2025.

Inicialmente, es necesario recordar que el Ministerio de Hacienda planteó como presupuesto para el próximo año los $ 523 billones, un 3,9 % por encima de la vigencia 2024. Hay un déficit de $ 12 billones, los cuales espera recaudar a través de una reforma tributaria o ley de financiamiento. (Lea: Descargue el proyecto de reforma tributaria radicado por Minhacienda)

Sin embargo, en el Congreso la oposición ha sido recia contra el monto del Ejecutivo y planteó recortarlo en el valor de la reforma tributaria, incluso hasta por debajo de los $ 500 billones.

El rechazo al monto original obligó a las comisiones económicas conjuntas del Congreso a reunirse mañana, porque tanto el Gobierno como el Legislativo quieren consultar qué pasos se deben adelantar cuando no se aprueba el monto.

¿Qué es la dictadura fiscal?

Ante semejante incertidumbre se empieza a hablar de "dictadura fiscal", un concepto que no escuchaba el país hace décadas, pero que consiste en que regiría el presupuesto presentado originalmente por el Gobierno, en caso de que el Legislativo no apruebe el proyecto. Sin embargo, este es un concepto más amplio y para ello es necesario acudir al Estatuto Orgánico del Presupuesto.

Lo primero que hay que tener claro es que el Gobierno es el responsable de preparar anualmente el proyecto de presupuesto general de la Nación que se presenta inicialmente a las comisiones económicas del Senado y la Cámara de Representantes.

Estas células legislativas sesionarán conjuntamente y antes del 15 de septiembre tienen plazo para votar el monto definitivo (la aprobación del proyecto debe ser antes del 25 de septiembre) y las plenarias iniciarán su discusión el 1 de octubre.

Y acá es clave la palabra aprobación, porque si el Congreso no expide el presupuesto antes de la medianoche del 20 de octubre regirá el proyecto presentado por el Ejecutivo, incluyendo las modificaciones aprobadas en primer debate.

¿Qué facultades tiene el Congreso?

Es necesario saber que los cómputos del presupuesto presentados no pueden ser aumentados por las comisiones, tampoco por las plenarias, sin el concepto previo y favorable del Gobierno.

Pero el Congreso sí puede eliminar o reducir partidas de gastos propuestas, menos las necesarias para el servicio de la deuda pública y demás obligaciones contractuales del Estado, las dedicadas a la atención de servicios ordinarios de la Administración y las autorizadas en el plan operativo anual de inversiones y los planes y programas del plan nacional de desarrollo.

Entonces, si el proyecto de presupuesto no es aprobado por el Congreso, el Gobierno podrá expedir el decreto de presupuesto antes del 10 de diciembre.

El escenario está abierto porque hasta el momento la discusión está en el monto y aun hay tiempo para la votación de la propuesta en las comisiones conjuntas, hasta el próximo domingo 15 de septiembre.

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