Eliminan copia física para la oficina de catastro en trámite de registro ante las ORIP, en cuatro ciudades
12 de Agosto de 2020
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Continuando con la apuesta por una mejor interoperabilidad de la información entre entidades, añadiendo eficiencia administrativa y lineamientos de la política cero papeles en la administración pública, la Superintendencia de Notariado y Registro expidió la Resolución 6366, del 5 de agosto del 2020, que beneficia de manera directa al ciudadano, quien no tendrá que asumir dentro sus transacciones inmobiliarias el costo de la copia física que era destinada a la oficina de catastro.
La @Supernotariado eliminó la copia física para la oficina de catastro. Esta medida beneficiará el 34,45% de los trámites relacionados con el movimiento inmobiliario en el país, que tienen ocurrencia en Bogotá, Cali, Barranquilla y Medellín Más información https://t.co/leXAEPKlRZ pic.twitter.com/Q6FA54TScq
— Supernotariado (@Supernotariado) August 10, 2020
Lo anterior considerando que, aproximadamente, el 34,45 % del movimiento inmobiliario en el país tiene ocurrencia en las ciudades de Bogotá, Cali, Barranquilla y Medellín.
Esta nueva resolución permitirá, tal y como lo establece la Directiva Presidencial 07, la racionalización y simplificación de los trámites ante las entidades gubernamentales, dentro de los cuales se encuentra la digitalización y automatización de trámites y servicios.
De esta manera, se avanza en la digitalización y modernización de los trámites dentro de la entidad, pues la SNR entregará a los catastros de las mencionadas ciudades las imágenes digitalizadas de los actos que reflejan las mutaciones de segundo nivel sobre los predios, logrando así un avance en la coordinación y eficiencia entre los sistemas de información de registro y catastro.
Finalmente, esta disposición va en armonía con las directrices adoptadas por el Gobierno Nacional frente a la contingencia relacionada con el covid-19, al adoptar las acciones necesarias para que los trámites que realicen los ciudadanos se adelanten a través de medios digitales.
Supernotariado, Resolución 06266, Ago. 05/20.
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