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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Garantía del derecho a la educación por parte del Estado incluye el suministro de medios que permitan acceder al servicio educativo (11:25 a.m.)

26 de Diciembre de 2011

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Nota:
78221
Cuando una institución educativa pública carece de transporte escolar, se encuentra desprovista de uno de los elementos esenciales para la prestación del servicio, señaló la Corte Constitucional. El alto tribunal recordó que el Estado debe asegurar los medios necesarios para permitir el acceso de los menores al servicio educativo, ya que, este es una condición indispensable para la efectividad del derecho. Señaló que nada se haría con reconocer la educación como derecho fundamental si no se crean las condiciones básicas que hagan posible el acceso al sistema educativo. Por tal razón, la Sala Séptima de Revisión amparó ese derecho a dos menores de edad del municipio de Saboyá (Boyacá) que no contaban con el transporte para llegar a la institución educativa donde asistían y debían caminar cerca de 2 horas diarias. La Sala ordenó incluir a las niñas como beneficiarias del contrato de transporte celebrado por la Alcaldía (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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