29 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Facilitan acceso a la categoría de oficial en la Policía Nacional

16 de Agosto de 2024

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Nota:
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A través de esta ley, que puede descargar al finalizar la nota, se busca facilitar el acceso a la categoría de oficial en la Policía Nacional de Colombia, eliminando barreras económicas y favoreciendo el ingreso y permanencia de sus miembros del nivel ejecutivo y de patrullero.

La norma dispone que “el Director General de la Policía Nacional convocará a los miembros de la Policía Nacional y seleccionará aspirantes u oficiales dentro del personal del nivel ejecutivo y patrulleros de Policía, que acrediten título académico de técnico, tecnólogo o título profesional de formación universitaria, previa solicitud del interesado, con un mínimo de cuatro años cumplidos en el ejercicio profesional en el nivel ejecutivo y patrulleros, teniendo estos un 20 % mínimo del cupo asignado para la mencionada carrera de oficial, sin perjuicio de las necesidades del servicio y en cumplimiento de los demás requisitos señalados en el Protocolo de Selección del Personal de la Policía Nacional que establezca el Director General de la Policía Nacional. En dicha selección se garantizarán los principios de igualdad, equidad de género y equidad territorial”. (Lea: Atención a los cambios que vienen en materia de reclutamiento)

Quienes ingresen a la carrera de oficial lo harán en calidad de comisión de estudios y deberán permanecer en la institución al menos por el doble del tiempo que dure la comisión.

Cabe aclarar que no podrán aspirar a cambiar a la categoría de oficial los miembros del nivel ejecutivo y patrulleros de policía que hayan sido sancionados mediante decisión ejecutoriada por faltas graves o gravísimas.

Así pues, el Gobierno, en el término de un año, se encargará de determinar un sistema de gratuidad para el ingreso a la carrera de oficial de la Policía Nacional y para el cambio de categoría de patrullero de Policía y de nivel ejecutivo a oficial de las personas que pertenezcan a los estratos 1, 2 y 3 y a zonas apartadas de frontera.

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