23 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 37 minutos | ISSN: 2805-6396

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Decretos reglamentarios únicos Regulan parcialmente la entrega del inventario de bienes y activos de las Farc (9:54 a.m)

16 de Agosto de 2017

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Nota:
56857
Una vez las Farc hayan hecho la entrega del inventario definitivo de sus bienes y activos a la Misión de las Naciones Unidas y al Mecanismo de Monitoreo y Verificación, este será entregado al Gobierno, el cual estará representado por el Ministro del Interior. Esta entrega se formalizará mediante acta debidamente suscrita por el representante de la Misión de ONU, del Mecanismo de Monitoreo y Verificación y por el titular de la cartera del Interior. El ministro deberá mantener el inventario en custodia con la debida diligencia, cuidado y vigilancia hasta el momento en que se constituya un patrimonio autónomo, momento en el cual deberá entregarlo al gerente del mismo.

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