Ámbito del Lector
Visas para trabajar en EE UU
04 de Octubre de 2013
En noviembre de este año, el Capitulo México de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (www.aila.org) realizará en Colombia, en conjunto con el Consulado Americano, un evento de educación continuada sobre práctica consular. Esta asociación representa a más de 7.000 abogados en todo el mundo, aunque la mayoría de ellos se encuentran en EE UU. El evento tiene como objetivo, de un lado, estrechar las relaciones de la asociación con el Consulado Americano, y de otro lado, conocer de primera mano la opinión de los cónsules respecto de áreas del derecho de inmigración y visado, que es sujeto a interpretación local.
La visita de la asociación se da en el marco del primer año de entrada en vigor del TLC suscrito entre EE UU y Colombia. Dicho tratado, que promueve el comercio entre las dos naciones, debería ser usado por el sector empresarial, comercial y profesional colombiano, directamente en suelo estadounidense, haciendo uso de las leyes de inmigración y visados americanas.
La ley de inmigración de EE UU premia a los empresarios extranjeros, ejecutivos, comerciantes, etc., quienes, cumpliendo unas condiciones mínimas legales, pueden solicitar una visa de trabajo con la cual pueden ingresar a EE UU con su cónyuge e hijos, para llevar a cabo actividades laborales y comerciales.
El desconocimiento de estas clases de visas es casi absoluto. La mayoría de personas hablamos de una “visa americana”, que es la visa de negocios/turismo (B1/B2), como si fuese la única que existiera, pero en realidad la legislación migratoria contempla diferentes tipos de visas que otorgan también el derecho a trabajar.
La visa de turismo/negocios que los colombianos generalmente solicitamos para ir de visita a EE UU es una visa discrecional, vale decir, dependemos del buen criterio del cónsul de otorgarla o no. La misma ley de inmigración establece condiciones para su otorgamiento, la principal es la presunción de que cualquier persona que ingrese a suelo americano se considera como “inmigrante”. En pocas palabras, la ley presume que toda persona que ingresa desea quedarse a vivir y a trabajar. Por esta razón, cuando nos presentamos al consulado debemos demostrar que tenemos lazos familiares y económicos con Colombia; si no podemos demostrarlo, la visa será negada.
En cambio los empresarios, ejecutivos y comerciantes cuentan con visas especializadas que les permiten trabajar y vivir en EE UU. Estas visas no son discrecionales, son regladas y son la mejor alternativa para desarrollar actividades comerciales en suelo americano. Una de las visas más conocidas para trabajar en EE UU es la visa EB-5, por medio de la cual un inversionista que invierta un millón de dólares en ese país puede obtener directamente la residencia. No muchos colombianos pueden optar por invertir esta suma fuera de Colombia, en cambio, la gran mayoría puede solicitar otros tipos de visas que requieren una inversión inferior.
Colombia es uno de aquellos países con los que EE UU tiene tratados de amistad, comercio y navegación. Como consecuencia de este tratado, los nacionales colombianos pueden entrar a territorio americano con una visa E-1 para desarrollar actividades comerciales de importación o exportación de bienes o servicios. De otro lado, aquellos colombianos que tengan una suma sustancial de dinero para invertir en suelo americano, siempre y cuando dicha inversión sea irrevocable y a riesgo, pueden solicitar una visa E2.
Unos cuantos empresarios colombianos califican para pedir estas clases de visas E, sin embargo, la gran mayoría sí califican fácilmente para pedir un tipo de visa denominado visa de transferencia de ejecutivos (L1-A). Por medio de esta visa una empresa colombiana que tenga por lo menos un año de vida, por lo menos 10 empleados, ingresos superiores a 150.000 dólares y sea en todo sentido formal y legal, puede constituir una sucursal en EE UU y transferir a su gerente para administrar el negocio en suelo americano.
Como puede verse, las visas E implican realizar una inversión sustancial en territorio americano, o son la consecuencia de mantener comercio permanente con dicho país, mientras que la visa L se puede considerar como un premio a los empresarios locales por su interés en internacionalización.
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