Sanción por rechazo de amparo de pobreza sería inconstitucional
Por desconocer los artículos 29 y 229, la Procuraduría solicita la inexequibilidad del inciso segundo del artículo 153 del Código General del Proceso.
Por desconocer los artículos 29 y 229, la Procuraduría solicita la inexequibilidad del inciso segundo del artículo 153 del Código General del Proceso.
La formulación de cargos, en lo que a la jurisdicción disciplinaria respecta, no tiene de momento ningún efecto en el proceso.
Así se desprende del fallo emitido por la Corte Constitucional que actualiza la administración de justicia en Colombia: Alfonso Cajiao.
¿Cuándo es obligatoria la conciliación de la sentencia condenatoria en lo contencioso administrativo?
Su exigibilidad hace referencia a que la obligación no esté sometida a plazo o condición.
Si el demandante se aparta del proceso, la coadyuvancia seguiría su suerte.
El medio de control procedente en contra del Fosyga es el de nulidad y restablecimiento del derecho.
No reponer auto inadmisorio del recurso de reconsideración no configura inepta la demanda.
Adicionalmente, vulnera el derecho al debido proceso del interesado.
No es posible modificar el título ejecutivo, dado que cuando este ha cobrado ejecutoria la sentencia judicial entra al patrimonio del acreedor y este derecho no puede ser menoscabado por interpretaciones posteriores.
La norma no prevé que la consecuencia de la omisión de envío del memorial al correo electrónico de la contraparte constituya causal de inadmisión del recurso.
La autoridad que decide el impedimento no es la llamada a designar al funcionario que deberá conocer del asunto.
Precisan diferencias entre las medidas correctivas adoptadas por los jueces como directores de los procesos y el ‘ius puniendi’ en la jurisdicción disciplinaria.