Hay desplazamiento forzado cuando propietario del inmueble utiliza violencia para despojar a poseedores
26 de Mayo de 2023
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió la impugnación de los defensores de dos procesados contra la sentencia que revocó parciamente su absolución y, en su reemplazo, los condenó por los delitos de concierto para delinquir agravado y desplazamiento forzado. El caso se refiere a unos campesinos que de manera pacífica y pública tomaron posesión de una propiedad y comenzaron a explotarla.
Para el alto tribunal, si su propietario buscaba restablecer la situación de hecho al estado anterior a la pérdida de la posesión sobre la finca debió solicitar el amparo policivo para restablecer el statu quo y promover las acciones reivindicatorias y no acudir a grupos armados ilegales para su restitución. Recordó además que la definición de desplazado contemplada en la ley es más amplia que la prevista en los principios rectores de los desplazamientos internos, al considerar que una persona se encuentra en tal situación cuando también es obligada a abandonar el lugar de sus actividades económicas habituales.
Se describió que en la hacienda transcurría la vida laboral de los campesinos, quienes en los ranchos o cambuches, además de guardar las cosechas y herramientas de trabajo, tomaban sus alimentos, descansaban y se protegían de las inclemencias del tiempo; así se entiende que ese terreno hacía parte de su lugar de residencia en el sentido de la descripción típica, en tanto correspondía a su proyecto de vida, no limitado al espacio físico donde se duerme (M. P. Gerson Chaverra Castro).
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