Fiscalía General Penal Militar debe brindar respuesta oportuna a peticiones sobre casos que se adelantan en el SPOA
03 de Enero de 2023
La Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, mediante Resolución 001, del 21 de noviembre del 2022, establece los parámetros para gestionar y suministrar respuesta a los requerimientos que se presentan ante la Fiscalía General Penal Militar y Policial en relación con los registros penales de las investigaciones que se adelantan en el Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA), en los términos del Código Penal Militar (Ley 1407/10).
De acuerdo con la norma, la Fiscalía General Penal Militar debe brindar respuesta oportuna a los peticionarios según el orden de llegada de los requerimientos sobre los casos que se adelantan en el SPOA, indicándose desde el inicio de la indagación o investigación hasta la ejecutoria de la acusación.
Así mismo, si se identifica que el proceso está a disposición de los jueces penales militares y policiales de conocimiento especializado o de conocimiento, se dará traslado de la solicitud al respectivo juez para que suministre la respuesta que en derecho corresponda de forma directa al peticionario.
De otra parte, se delega para el cumplimiento de la aludida función a la asistente judicial de la Fiscalía General Penal Militar y Policial, quien deberá verificar dichos antecedentes en el Sistema de Información Misional (módulo de gestión de procesos) y brindar respuesta directa al peticionario, según corresponda, sobre los casos que se adelantan en el SPOA.
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