Demandan algunas facultades de la Fiscalía General de la Nación contempladas en la Ley 600 del 2000
De acuerdo con la demanda, las disposiciones acusadas atribuyen competencias al Fiscal General de la Nación que implica que no se observe las garantías constitucionales de imparcialidad e independencia.05 de Abril de 2023
La Sala Plena de la Corte Constitucional admitió una demanda en contra de los artículos 114-2, 341, 352, 354, 363, 364, 365 y 392 de la Ley 600 de 2000, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”.
De acuerdo con la demanda, las disposiciones acusadas atribuyen la competencia al Fiscal General de la Nación o a su delegado para imponer medidas de aseguramiento privativas de la libertad, sin ningún tipo de participación del juez de control de garantías, lo que implica que no se observen las garantías constitucionales de imparcialidad e independencia. Adicionalmente, vulneran el debido proceso en su modalidad de respeto por las formas propias de cada juicio y juez natural. (Demandante: Juan Camilo Ríos Jiménez).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!