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Sucursales de sociedades extranjeras deben enviar estados financieros de fin de ejercicio (8:48 a.m.)

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10 de Enero de 2018

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 289 del Código de Comercio, todas las entidades sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades, incluidas las sucursales de sociedades extranjeras, están en la obligación de enviar estados financieros de fin de ejercicio, sin perjuicio de la solicitud que en tal sentido se dirija a otras entidades, como sociedades extranjeras sujetas a inspección, indicó la Superintendencia de Sociedades. La Circular 201-00004 del 2017, dirigida a sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, cuya referencia es solicitud de estados financieros año 2017, señala los plazos y condiciones para el envío. Es necesario tener en cuenta la definición de estados financieros que prevé el Decreto 2420 del 2015, único reglamentario del sector Contable.

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