Revisor fiscal deja evidencia de las posibles debilidades de control a través de sus informes (3:34 p.m.)
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31 de Enero de 2018
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 43 de 1990, para efectos de la contratación del revisor fiscal, las funciones y responsabilidades tanto de contratista como de contratante deben quedar debidamente registradas por escrito y, así mismo, las condiciones bajo las cuales se prestará el servicio, recordó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De otra parte, será responsabilidad del revisor fiscal, a través de sus informes, dejar evidencia de las posibles debilidades de control y de la administración evaluar medidas para reducir las posibles amenazas de dichos hallazgos.
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