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Honorarios del contador público son un asunto estrictamente contractual (9:48 a.m.)

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19 de Enero de 2018

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La firma de los estados financieros de liquidación implica una labor que, estando dentro de los términos establecidos en el contrato de prestación de servicios profesionales suscrito entre la entidad y el contador público, debe ser atendida por el profesional a fin de adelantar dicho trámite, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 43 de 1990, siendo la retribución económica de los servicios profesionales un derecho, el contador público fijará sus honorarios de conformidad con su capacidad científica y/o técnica y en relación con la importancia y circunstancias en cada uno de los casos que les corresponda cumplir, pero siempre previo acuerdo entre las partes. Así las cosas, la relación entre el contador y su cliente es un tema estrictamente contractual y corresponde a ambas partes cumplir lo pactado.

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