Entidades gubernamentales pueden quejarse sobre la gestión del revisor fiscal ante sus vigiladas (9:20 a.m.)
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15 de Diciembre de 2017
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La facultad de certificación del revisor fiscal está asociada a los posibles requerimientos que las entidades gubernamentales que ejercen inspección y vigilancia realicen sobre la entidad en particular, en los términos del artículo 207 del Código de Comercio. Por lo tanto, recordó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, si las actuaciones del profesional no se ajustan a la realidad y se han puesto en riesgo intereses económicos, quienes requieren la información pueden presentar queja formal debidamente documentada ante el Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores, ente encargado de inspeccionar que la contaduría se ejerza de acuerdo con los términos legales y sancionar a quienes corresponde.
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