Base gravable de la contribución especial a la Superservicios solo contempla gastos de funcionamiento (3:51 p.m.)
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26 de Diciembre de 2017
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En virtud de que la finalidad de la contribución especial es recuperar los costos en que incurra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios por los servicios de control y vigilancia que presta a sus vigiladas, la base gravable solo incluye los gastos de funcionamiento asociados al servicio que presta la entidad vigilada y que se encuentra sometida a inspección, vigilancia y control del Estado. Por esta razón, dicha base no se puede extender a otros rubros que no se encuentren contemplados en la norma, como serían los costos de producción, ya que vulneraría principios como el de legalidad y lo preceptuado por el artículo 338 de la Constitución, según el cual la tarifa es para la recuperación de los costos en que incurra la autoridad administrativa (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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