Precisan competencia en investigación y juzgamiento de altos funcionarios del Estado
14 de Diciembre de 2022
Una ciudadana presentó acción de tutela al considerar que la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema desconoció sus derechos fundamentales respecto al trámite impartido a la denuncia penal formulada por ella contra un exfiscal general de la Nación.
Para la Sala Penal, la actuación de la Sala Especial de Instrucción por medio de la cual remitió por competencia la denuncia se ajustó al marco constitucional y legal que regula la investigación y juzgamiento de altos funcionarios del Estado.
Lo anterior al precisar que el alto tribunal asume competencia solamente en fase de juzgamiento, una vez se haya agotado la fase de investigación y acusación por parte de las distintas corporaciones (Cámara de Representantes y Senado).
Procedencia de tutela contra providencias judiciales
Este instrumento de defensa tiene un carácter estrictamente subsidiario y como tal no constituye un medio alternativo para atacar, impugnar o censurar las determinaciones expedidas dentro de un proceso judicial o administrativo.
De esta manera, la acción de tutela contra decisiones judiciales presupone la concurrencia de unos requisitos de procedibilidad que consientan su interposición, generales y especiales, esto con la finalidad de evitar que se convierta en un instrumento para discutir la disparidad de criterios entre los sujetos procesales y la autoridad accionada, contrariando su esencia, que no es distinta a denunciar la violación de los derechos fundamentales (M. P. Diego Eugenio Corredor Beltrán).
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