El delito de fraude de subvenciones exige que el sujeto activo obtenga la subvención, ayuda o subsidio
21 de Noviembre de 2023
En el delito de fraude de subvenciones incurre cualquier persona, sea servidor público o particular, y su bien jurídico protegido es la administración pública. Este delito está contemplado en el artículo 403A del Código Penal, en el cual en su primer inciso, de acción, requiere obtener una subvención, ayuda o subsidio proveniente de recursos públicos, cuyo modo es: mediante engaño sobre las condiciones requeridas para su concesión o callando total o parcialmente la verdad respecto de los aludidos aspectos.
En su segundo inciso, de omisión, en tanto precisa no invertir los recursos procedentes de esa subvención, ayuda o subsidio a la finalidad a la cual estén destinados.
¿Cómo opera la prescripción de la acción penal?
La acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada en la ley para cada delito, término que se interrumpe con la formulación de la imputación y, a partir de allí, corre de nuevo, pero en la mitad del anterior, sin que pueda ser inferior a tres años.
En el caso estudiado por la Corte Suprema de Justicia, se indicó que si el delito de fraude de subvenciones tiene prevista una pena de prisión máxima de nueve años, el término de prescripción durante el periodo contado entre la imputación y el fallo de segunda instancia es de cuatro años y seis meses, lapso que se superó, en tanto la formulación de imputación tuvo lugar el 11 de octubre del 2013 y la sentencia de segundo grado se dictó el 23 de septiembre del 2019. (M.P.: Jorge Hernán Díaz Soto).
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